El recurso de nulidad es el medio para impugnar una sentencia laboral ante la Corte de Apelaciones. Se presenta dentro de 10 días desde la notificación de la sentencia y solo por causales específicas. Después hay que comparecer a la audiencia en la Corte: si quien recurrió no se presenta, la Corte declara el recurso abandonado y la sentencia queda firme.
¿Qué se puede alegar?
No es una segunda revisión completa del juicio. Las causales están en los artículos 477 y 478 del Código del Trabajo. Entre ellas: infracción de derechos y garantías constitucionales, infracción de ley con influencia sustancial en lo resuelto y algunas causales específicas, como infracción de las reglas de la sana crítica.
Cómo avanza en la Corte
- Se presenta ante el mismo tribunal que dictó la sentencia, que lo concede y lo remite a la Corte.
- La Corte revisa si es admisible.
- Queda «en relación» y luego se fija en tabla para la vista.
- En la vista, los abogados se anuncian y alegan.
- La Corte falla: acoge, y anula la sentencia, o rechaza.
¿Qué pasa si nadie va a la audiencia?
Es un error que se puede evitar con un aviso: en la Oficina Judicial Virtual aparece cuando la causa entra en tabla y la fecha de la vista. Fojas vigila las Cortes de Apelaciones y la Suprema y avisa de esas fechas.
¿Y la Corte Suprema?
Contra lo que resuelva la Corte de Apelaciones en un recurso de nulidad, en ciertos casos procede el recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema. Si un recurso de nulidad se declara abandonado, la causa no llega a la Suprema.
Fuentes
Esta guía es información general y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso concreto.
